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OTRAS MEDIDAS PARA EL FUTURO CUIDADO DE SU HIJOS

 

Una vez que escribió su testamento, hay otros pasos legales que puede tomar para asegurarse de que sus hijos serán ubicados donde usted quiere que estén.

Usted puede:
1. Nombrar un tutor sustituto, por escrito o ir al tribunal;
2. Llenar una solicitud de tutela ordinaria en el tribunal;
3. Llenar una petición de custodia en el tribunal;
4. Dar a sus hijos en adopción;
5. Poner a sus hijos en un hogar adoptivo con un familiar, amigo o nueva familia, después de que usted no pueda cuidar más de ellos, por medio del "Child Welfare Administration's Early Permanency Planning Project" (EPP) (Proyecto de Planificación para la Primera Residencia, de la Administración para la Asistencia Social del Menor); o
6. Ubicar a sus hijos inmediatamente en un hogar adoptivo con familiares como padre o madre adoptivo por parentesco ("kinship foster parent") con un amigo o alguien que usted no conoce.

Cada una de estas opciones son examinadas en las páginas siguientes.

Es posible que usted también quiera que alguien cuide de sus hijos mientras se encuentra en el hospital o está demasiado enfermo para cuidar de ellos. De ser así, usted debería pensar en hacer un documento de cuidado y custodia temporal. Vea la página 11 de este manual para las instrucciones.

NOMBRAMIENTO DE UN TUTOR SUSTITUTO

Si usted está enfermo y quiere hacer planes para el cuidado futuro de sus hijos sin perder la custodia de ellos, usted puede nombrar un tutor sustituto. Un tutor sustituto será el tutor de sus hijos si: 1) usted se pone demasiado enfermo como para cuidar de ellos; 2) usted muere; o 3) usted decide que quiere que la persona designada sea el tutor antes de que alguno de estos eventos suceda. Un padre o tutor pueden nombrar un tutor sustituto para sus hijos.

Existen dos maneras de nombrar un tutor sustituto. Una es ir a la corte y pedir la designación de un tutor sustituto y la otra es nombrar (designar) el tutor sustituto por escrito.

El tutor sustituto nombrado por la corte
Si usted quiere estar seguro de que la corte aprobará a quien usted escogió como tutor de sus hijos, puede ir al tribunal a pedir que nombre al tutor sustituto. Usted no perderá el derecho de cuidar a hijos en ese momento. Usted le está pidiendo al tribunal que apruebe la elección del tutor que seleccionó, la cual se hará efectiva después, si usted se vuelve "incapacitado" mental (incapaz de tomar decisiones sobre el cuidado de sus hijos), fisicamente débil, si usted muere o firma por escrito su consentimiento de que se haga efectiva. Por si nunca ha estado en un tribunal, no hay nada que temer. El Juez y el personal de la corte están allí para ayudarle. A menos que el padre o madre de sus hijos traiga un abogado para cuestionar su decisión, es posible que no necesite un abogado. Si necesita un abogado, el tribunal le asignará uno o usted puede llamar a alguna de las organizaciones legales de la lista de las páginas 26 a la 28.

Los papeles que usted llenará en el tribunal, mencionarán al tutor sustituto e indicarán cuándo usted quiere que la tutela se haga efectiva. Antes de aprobar al tutor sustituto, el tribunal determinará si el tutor que usted está proponiendo puede cuidar de sus hijos. El procedimiento es el mismo que en un caso regular de tutela, (Vea la sección "Cómo Llenar una Solicitud de Tutela", la cual comienza en la página 8). Por ejemplo, el tribunal verificará el nombre del tutor propuesto en el "Child Abuse Central Registry" (Registro Central sobre el Abuso a Menores) y es posible que pida el consentimiento escrito de cierta gente.

Si el tribunal nombra al tutor sustituto, automáticamente, él/ella se vuelve el tutor legal de sus hijos, en el caso que usted dé su acuerdo por escrito, se vuelva incapacitado o muera. El tutor sustituto debe presentar en el tribunal pruebas de su consentimiento, incapacidad o muerte, dentro de los 90 días de haber recibido pruebas de estos eventos.

Para obtener el nombramiento de un tutor sustituto, usted puede ir tanto a la "Family Court" (Tribunal de Familia) o "Surrogate's Court" (tribunal que sustituye al Tribunal Civil de Familia para la legalización de testamentos, custodia de menores, etc). Si usted está muy enfermo, no tiene que ir a la corte. Los papeles pueden ser presentados por otra persona.

Nombramiento por escrito de un tutor sustituto
Usted también puede nombrar un tutor sustituto sin ir al tribunal, firmando un formulario llamado "designation" (designación) que nombra a la persona que usted quiere como tutor sustituto de sus hijos. La designación debe ser firmada por usted y dos testigos mayores de 18 años de edad, pero no por el tutor, o tutor sustituto.

Si usted designa a un tutor sustituto, la ley dice que el tutor sustituto puede actuar como el tutor si usted muere o se vuelve "mentalmente incapacitado" —incapaz de entender la naturaleza y consecuencias de las decisiones acerca del cuidado de su hijo — o fisicamente "débil", y usted está de acuerdo con que el tutor sustituto comience a actuar — se considera que los padres están "físicamente débiles" cuando ellos no puede cuidar de sus hijos —.

Si usted se vuelve incapacitado, físicamente débil o muere, su tutor sustituto debe ir a la corte dentro de los 60 días para presentar una petición regular de tutoría. El tutor sustituto debe llevar un certificado de defunción o una constancia médica que certifique su condición. Si usted está físicamente débil, debe proporcionar una declaración donde diga que usted quiere que el tutor se ponga en acción enseguida.

CÓMO PRESENTAR UNA SOLICITUD DE TUTELA

Usted o el tutor que usted haya propuesto pueden ir al tribunal en este momento y presentar una solicitud de tutela, pidiéndole al juez que nombre inmediatamente al tutor por usted propuesto como el tutor legal de sus hijos. Esto quiere decir que la persona que usted nombró será inmediatamente responsable por sus hijos. Después de que el proceso legal se complete, esa persona tendrá autoridad sobre sus hijos de manera en seguida.

La tutela regular puede ser apropiada para usted si se encuentra enfermo y necesita entregar a sus hijos inmediatamente a otro cuidador, o podría ser apropiada si sus hijos necesitan trasladarse a otra escuela. Por ejemplo, una madre de Brooklyn estaba muy enferma y quería transferir el cuidado de su hija de 8 años de edad a su hija mayor, que tenía 20 años. Esta madre se dio cuenta de que ella ya no estaba físicamente capacitada para cuidar de sus hijas, y estaba dispuesta a transferir la custodia más rápido. En otro caso, una madre preocupada por su hija de 14 años años de edad, quería transferir el cuidado a su hermana, quien estaba viviendo en Puerto Rico, para que su hermana pudiera inscribir a la niña en la escuela pronto. Ya que tanto la niña como el padre consintieron, la madre optó por la tutela ordinaria.

¿Dónde presentar la solicitud?
Una solicitud de tutela se puede presentar tanto en la "Family Court" (Tribunal de Familia) como en la "Surrogate's Court". (En la página 28 hay una lista de estos tribunales). Usted debe presentar una solicitud separada por cada niño. La solicitud debe ser presentada en el condado o barrio donde el niño vive al momento de la presentación.

¿Quién presenta la solicitud?
Una solicitud de tutela puede ser llenada por usted o por el tutor propuesto por usted. Si usted no está en condiciones de ir al tribunal, sólo necesita firmar un formulario de consentimiento, también llamado un "waiver form", (formulario de renuncia). El formulario indica que usted está de acuerdo con que el tutor por usted propuesto se haga cargo de sus hijos.

¿Se necesita el consentimiento de alguien más?
El padre o madre de sus hijos puede tener derecho a la custodia, y por eso, tiene el derecho a ser notificado sobre la tutela. Si el tutor nombrado en su solicitud no es el padre o madre de sus hijos, usted tendrá que obtener el consentimiento de este(a), indicando que está de acuerdo con el tutor que usted eligió. El formulario de consentimiento debe ser firmado frente a un notario público. Si usted no obtiene el consentimiento del padre o madre de sus hijos, tendrá que darle a esta persona los papeles del tribunal indicando cuándo será escuchado en el tribunal el caso de tutela. Se permitirá al padre o madre de sus hijos ir al tribunal para oponerse al tutor que usted haya elegido.

Si el padre o madre de sus hijos los abandonó y usted no puede encontrarlo(a), deberá indicar esto en la solicitud. [Abandono, por lo regular, significa que el padre o madre no ha tenido contacto con los hijos por más de seis meses, previas a la presentación de la solicitud, aunque pudo hacerlo]. Si bien, usted no tiene que notificar sobre el caso en el tribunal a un padre o madre que abandonó a sus hijos, usted debe demostrar al tribunal que trató de encontrar al padre o madre de sus hijos. Si usted sabe dónde están los familiares de esa persona, tendrá que obtener una declaración de ellos en la que digan que no saben dónde está el padre o madre de sus hijos, y qué tipo de contacto han tenido con esa persona.

Si el padre o madre de sus hijos está en la cárcel, debería tratar de que él/ella firme el formulario de consentimiento. De no ser así, usted tiene que notificar a dicha persona.

Asimismo, usted debe también obtener el acuerdo de cualquier niño mayor de 14 años de edad. De lo contrario, se les notificará a ellos sobre el caso y se les dará una oportunidad para ser escuchados ante el tribunal. Aún si su hijo es menor de 14 años de edad, el juez puede querer hablar con él/ella sobre sus deseos. La corte puede nombrar un abogado para representar a sus hijos, en especial si hay una disputa. Cuando un abuelo, tía, tío o primo presentan una petición de tutela y hay otros familiares en la misma categoría, ellos deben firmar el consentimiento o ser notificados del caso. Por ejemplo, cuando la tía de un niño pide la tutela, ella podría tener que notificar a otra tía. El tribunal decidirá si esto es necesario.

Cuando la persona que está pidiendo la tutela es alguien diferente al padre o madre (una abuela, por ejemplo) él/ella debe obtener el acuerdo sobre la tutela, por escrito, de su esposo o esposa o cualquier otro adulto con quien esté viviendo.

¿Qué se necesita para presentar una solicitud de tutela?
Para presentar una solicitud de tutela, usted debe tener lo siguiente:

  • El acta de nacimiento de cada niño;
  • por cada uno de los padres, su consentimiento escrito, certificado de defunción, o una prueba de incompetencia o abandono;
  • un consentimiento escrito de todo niño que tenga 14 años de edad o más;
  • prueba de identidad y domicilio del tutor propuesto por usted;
  • las direcciones del tutor seleccionado por usted, desde 1973 (para su verificación del State Registry for Abuse and Maltreatment); y
  • las direcciones de todos los adultos tutores seleccionados por usted desde 1973 o cuando ellos cumplieron 18 años de edad, o lo que sea posterior.

¿Cómo presentar una solicitud de tutela?
Presentar una solicitud de tutela es fácil. El secretario del tribunal deberá ayudarlo a llenar el formulario, o usted puede obtener un abogado para que lo ayude. En las páginas 26–28 hay una lista de los abogados que lo pueden ayudar. Si usted piensa que nadie objetará al tutor que usted escogió, posiblemente no necesite un abogado que lo ayude. Lo más importante es que tenga todos los documentos necesarios.

El nombre del tutor que usted propuso debe ser verificado con el "Central Child Abuse Registry" (Registro Central sobre el Abuso a Menores). Si usted lo pide, el juez podría nombrar a la persona como tutor temporal en la primera cita en el tribunal. Más tarde, el juez puede nombrar a la persona como tutor permanente, si no se han encontrado cargos por negligencia o abuso de niños contra él/ella, y si nadie cuestiona la tutela. Algunos jueces, antes de nombrar al tutor propuesto, podrían ordenar a la "Child Welfare Administration" (Administración para el Bienestar del Menor) que lo (a) investigue. Al tutor propuesto así como a todos los miembros adultos de la casa, probablemente, se les tomarán sus huellas digitales para verificar su historial criminal.

¿Cuándo se debe presentar una solicitud de tutela?
Si usted piensa que alguien puede cuestionar al tutor que usted seleccionó, puede ir al tribunal para decirle al juez por qué quiere que ese tutor cuide de sus hijos. También puede presentar una solicitud de tutor sustituto, que no se hará efectiva de manera inmediata, como se explica en las páginas 6 y 7. Cualquiera de los dos métodos le ayudará a asegurarse de que la persona que usted eligió estará legalmente encargada del cuidado de sus hijos. Otra razón para nombrar ahora a esa persona, es si la persona ya está cuidando de sus hijos.

Si alguien cuestiona al tutor propuesto por usted, entonces, el caso de custodia puede llevar varios meses. Es posible que usted sienta demasiado enfermo como para ir al tribunal. Si tiene un abogado, él puede hacer arreglos para que usted "testifique" (exprese sus deseos al juez) en su casa.

Un nombramiento de tutela se hace efectivo tan pronto como el juez dictamina. Una vez que el tutor es nombrado por el tribunal, si algo le pasa a usted, sus hijos ya tienen un tutor legal. Esto quiere decir que el tutor puede obtener beneficios para sus hijos, inscribirlos en la escuela y dar el consentimiento para su atención médica.

Usted no cede todos sus derechos cuando otra persona es nombrada como tutor. Todavía tiene derechos maternos o paternos, y el derecho de pedir que la tutela sea revocada (cambiada). Cabe la posibilidad que aún sus hijos puedan vivir con usted. De igual manera, puede todavía tomar decisiones sobre el cuidado de sus hijos, siempre y cuando el tutor esté de acuerdo. No obstante, recuerde que una vez que alguien es nombrado como tutor de sus hijos, usted no está más — legalmente — encargado de su cuidado. Usted debe decidir si quiere renunciar a estos derechos legales.

También puede pedir al tribunal que nombre al tutor como co-tutor. Esto quiere decir que usted continúa teniendo los derechos tutelares, junto con la otra persona. Usted y el co-tutor deciden juntos cómo serán criados los niños. Esta es una buena opción si usted quiere seguir teniendo la tutela, si usted vive con la otra persona, o si confía en él/ella completamente. Sin embargo, usted debe estar consciente que si la disputa entre los co-tutores va en aumento, puede que ellos necesiten regresar al tribunal para que se resuelva la disputa en caso de que ellos no puedan solucionarlo entre ellos.

PRESENTACIÓN DE UNA SOLICITUD DE CUSTODIA

En lugar de presentar una solicitud de tutela, la persona que usted eligió para cuidar de sus hijos, puede presentar una solicitud de custodia. No hay razón para presentar ambas solicitudes, la de custodia y tutela.

En cuanto al cuidado de los niños, no hay diferencia legal entre los derechos de un custodio o tutor. En cuanto a la mayoría de las cosas que la persona necesitará hacer para sus hijos, como inscribirlos en la escuela o dar su consentimiento para atención médica, no importará si la persona es un custodio o tutor.

Una solicitud de custodia se presenta en el "Family Court" (Tribunal de Familia). A diferencia de una solicitud de tutela, no puede ser presentada en un "Surrogate's Court". Una solicitud de custodia, por lo general, es presentada por la persona que está tratando de obtener la custodia, en el condado o barrio donde los niños viven, contra la persona que tiene la custodia de los mismos.

En un caso de custodia, el tribunal no verifica datos en el Central Registry for Abuse and Maltreatment de Albany. Sin embargo, puede pedir una investigación por medio de la "Adminstration of Children", ACS (Administración para el Menor) en especial si existe una disputa. Es posible que se haga un estudio en los hogares de las partes. Hay ciertos requisitos para un tutor que no son necesarios para un custodio. Por ejemplo, una persona no puede ser nombrada como tutor si él/ella cometió un delito mayor, pero puede ser nombrada como custodio.

CÓMO REDACTAR UN DOCUMENTO DE CUIDADO O CUSTADIO TEMPORAL

Es posible que usted necesite tener a alguien que cuide temporalmente de sus hijos, si usted está en el hospital o está demasiado enfermo para cuidar de ellos personalmente. Piense en los familiares y amigos en los que usted confía. Una vez que se haya decido por uno, puede redactar un documento de cuidado y custodia temporal.

Un documento de cuidado y custodia temporal menciona a la persona que usted quiere que haga los arreglos necesarios para el cuidado, educación y bienestar de sus hijos. Esto incluye inscribir a sus hijos en la escuela y hacer los arreglos para su atención médica.

Este documento ayudará en el cuidado de sus hijos, a la persona que usted seleccionó para ello. El no impedirá que el padre o madre de sus hijos o padre o madre natural trate de obtener la custodia. No es un documento legal y no será reconocido en un tribunal. Aunque un médico o escuela deberían aceptar este documento, no hay obligación legal de que lo acepten, y podrían no hacerlo.

Usted debe de hacer un documento de cuidado y custodia temporal para cada niño que usted tenga. También, usted no necesita un abogado para redactar un documento de cuidado y custodia temporal. Para redactarlo:

  • escriba el nombre de la persona a la que usted le está pidiendo que cuide de sus hijos temporalmente, y qué es lo que usted quiere que la persona pueda hacer;
  • firme y ponga fecha a este documento frente a un notario público, y de ser posible, haga que lo firme un testigo (alguien distinto de la persona a quien usted le está pidiendo que cuide a sus hijos).

Puede encontrar una muestra de un documento de cuidado y custodia temporal en la página 30.

Dé el original del documento de cuidado y custodia temporal a la persona que cuidará de sus hijos. Esta persona lo debe guardar en un lugar seguro. Guarde una copia para usted.

ADOPCIÓN

Una persona que no es uno de los padres biológicos de un niño puede adoptarlo, o sea, hacerse su padre o madre legal. Esto quiere decir que la persona tiene todos los derechos y obligaciones de un padre o madre legal. El padre o madre adoptivo(a) tiene derecho a la custodia del niño y el derecho de decidir dónde vivirá e irá a la escuela, su religión y el tipo de cuidado médico que recibirá. Una vez que un niño es adoptado, los padres biológicos ceden todos estos derechos legales, al menos que el padre adoptivo sea su esposo(a) o pareja y presente la adopción como tal. (Ver página 14). Hacer los arreglos para la adopción de sus hijos mientras usted todavía puede ayudar en el proceso puede darle la tranquilidad mental de que el futuro de sus hijos está seguro. Si alguien adopta a sus hijos, tendrán los mismos derechos a ayuda económica y beneficios por parte de sus padres adoptivos, como si fueran sus propios hijos. Si sus hijos no han nacido en este país, son indocumentados y tienen menos de 16 años de edad, la adopción les permitirá legalizarse, si los padres adoptivos son residentes permanentes o ciudadanos de Estados Unidos. El proceso de adopción tiene que estar terminado antes de que sus hijos cumplan los 16 años de edad.

Una vez que sus hijos han sido adoptados, los padres adoptivos no están en peligro de perder la custodia de los niños. Ellos están muy seguros con su nueva familia.

Un caso es el de una madre que estaba criando tres niños de 10, 14 y 15 años de edad. La madre era una inmigrante indocumentada y no tenía familiares en este país. Ella tenía una amiga que era ciudadana de Estados Unidos, y quería que esta amiga fuera la madre legal de sus hijos. Ella eligió la adopción, permitiendo así que sus hijos se naturalizaran como ciudadanos de Estados Unidos.

Para una adopción debe buscar la ayuda de un abogado. Antes de ver a un abogado, piense sobre quién quiere usted que adopte a sus hijos, y si usted puede obtener los consentimientos requeridos que se mencionan más adelante.

Asuntos a considerar
Si sus hijos son adoptados, entonces, usted pierde todos sus derechos sobre su custodia y para tomar decisiones por ellos, al menos que el padre adoptivo sea su esposo(a) o pareja y presente la adopción como tal. (Ver página 14) También pierde todos los beneficios que esté recibiendo para ellos. (Si usted no siente que está preparado para ceder todos sus derechos como padre o madre, podría optar por la tutela sustituta, o presentar un proceso de tutela ordinaria).

La adopción requiere el consentimiento de ambos padres, si ellos están vivos y no han abandonado a los niños. El tribunal debe aprobar al padre o madre adoptivos y llevará a cabo una investigación — o un estudio del hogar — para estar seguro de que la persona es adecuada para ser un padre o madre. El Juzgado pedirá al padre o madre adoptivo que proporcione sus huellas digitales, y solicitará una verificación del "Child Abuse Central Registry" (Registro Central sobre el Abuso al Menor). El tribunal podría realizar una audiencia. Esto quiere decir que usted, el padre o padres adoptivos, los niños y cualquier otra persona involucrada tendrán que ir al tribunal.

Esta opción puede afectar sus beneficios y los de los niños. (Para más detalles, vea la sección "Beneficios", página 17 de este manual).

Si sus hijos son adoptados a través de una "Foster Care Agency" (Agencia de Adopción Temporal) es posible tener una adopción abierta. Esto quiere decir que usted cede sus derechos maternos o paternos, pero hace un acuerdo para conservar ciertos derechos, como el visitar a sus hijos. Desafortunadamente, no hay una manera de hacer que los padres adoptivos cumplan con el acuerdo, aunque los podría llevar al tribunal. Si usted quiere hacer esto, debería hablar primero con un abogado.

La diferencia entre adopción y tutela o custodia
La adopción es permanente, mientras que la tutela o custodia pueden ser temporales o revocadas. Las personas que adoptan a sus hijos se vuelven sus padres por el resto de sus vidas. Los niños pueden obtener sus beneficios del Seguro Social. La tutela o custodia no son tan definitivas; una orden de tutela o custodia puede ser cambiada por el tribunal bajo ciertas circunstancias.

Al elegir un padre o madre adoptivos
Un juez considerará varios elementos antes de firmar una orden de adopción. Debería tomarlos en cuenta para que el padre o madre adoptivo que usted elija sea aceptado por la corte. Ellos incluyen:

  • la relación entre sus hijos y el padre o madre adoptivo;
  • la capacidad financiera del padre o madre adoptivo para mantener a sus hijos;
  • si el padre o madre adoptivo ha sido alguna vez reportado por abuso o negligencia;
  • su religión y sus deseos con respecto a la religión que usted quiere para sus hijos;
  • la raza o grupo étnico de sus hijos y del padre o madre adoptivo;
  • la salud de padre o madre adoptivo; y
  • en caso de que el padre adoptivo tenga un registro criminal se debe tener las características de ese registro.

¿Quién debe dar su consentimiento?
Probablemente, usted necesitará el acuerdo del padre o madre de sus hijos, aunque hayan o no estado casados cuando los niños nacieron. Si esa persona ha abandonado a sus hijos, es posible que usted no necesite su acuerdo. Un abogado le puede ayudar a determinar si se necesita el acuerdo del padre o madre de sus hijos.

Se necesita el acuerdo de cada uno de sus hijos de 14 años o más de edad.

Si otra persona o agencia tiene la custodia legal de alguno de sus hijos, esa persona o agencia debe estar de acuerdo con la adopción de ese niño. Por ejemplo, si un niño está en "foster care" (adopción temporal) se necesita el acuerdo del "Department of Social Services" (Departamento de Servicios Sociales).

ADOPCIÓN POR UN SEGUNDO PADRE O MADRE, O POR UN PADRASTRO O MADRASTRA

Si usted está criando a su hijo tanto con un(a) compañero(a) del mismo sexo o del sexo opuesto, y el padre o madre de su hijo ha fallecido o lo(a) ha abandonado, usted puede hacer una adopción por un segundo padre o madre, o por un padrastro o madrastra.

Esto quiere decir que su compañero(a) o esposo(a), que no es el padre o madre del niño, puede solicitar ante el tribunal, ser el padre o madre legal sin que usted pierda sus propios derechos paternos o maternos. Después de que este tipo de adopción legal finaliza, su compañero(a) o esposo(a) tendrá exactamente los mismos derechos paternos o maternos que usted tiene.

Asuntos a considerar
Estos asuntos son similares a los de la sección anterior sobre adopción. Siempre es importante considerar que cuando una persona solicita al tribunal una adopción, habrá que verificar las huellas digitales del "padre o madre adoptivo(a)", será investigado(a) para saber si tiene un historial de abuso o negligencia y estará sujeto al estudio del hogar, por parte de un trabajador social.

También es importante considerar si usted se siente a gusto compartiendo todos sus derechos maternos o paternos. Cuando finaliza la adopción por un segundo padre o madre, o por un padrastro o madrastra, usted ya no es quien toma las decisiones finales con respecto a sus hijos. (Si usted no se siente a gusto con esto, podría considerar hacer a su compañero(a) o esposo(a) el tutor sustituto. Vea la sección "Cómo Nombrar un Tutor Sustituto", en la página 6). Usted debería consultar a un abogado para su caso de adopción por un segundo padre o madre, o por un padrastro. Al hacerlo, usted podrá discutir estos posibles asuntos. Usted puede llamar a alguno de los abogados mencionados en las páginas 26 y 28 para discutir este asunto.

"FOSTER CARE" (ADOPCIÓN TEMPORAL)

Si la persona que usted seleccionó para el cuidado de sus hijos necesita ayuda financiera adicional, o si usted no tiene a nadie que pueda cuidar de sus hijos después de su muerte, al hacer planes para el futuro de sus hijos, podría considerar el "foster care system" (sistema de adopción temporal). Asegúrese de leer la sección "Asuntos a considerar", que se encuentra más adelante, antes de decidir si usted pone a sus hijos en "foster care". Si usted necesita atención para sus hijos en este momento, por tiempo limitado, puede poner a sus hijos en "foster care" de manera temporal. Si usted ya tiene hijos en "foster care", es importante que hable con un abogado acerca de cómo afectará esto los planes que usted tiene para el futuro de los mismos.

El "Early Permanency Planning Project" (EPP)
Usted puede hacer planes para el futuro de sus hijos a través del "Child Welfare Administration's Early Permanency Planning Project" (EPP) (Proyecto de Planificación para la Primera Residencia, de la Administración para la Asistencia Social del Menor). A través de este programa, sus hijos serán ubicados en "foster care" cuando usted no pueda cuidar más de ellos. Los niños en "foster care" están bajo la custodia de la "New York City's Administration for Children's Services" (ACS) (Administración para los Servicios al Menor de la Ciudad de Nueva York). La ACS es la agencia de la ciudad responsable por los menores en "foster care". Usted puede inscribirse en el programa si usted tiene un amigo o familiar que usted quiere que cuide de sus hijos. También puede hacerlo si usted no tiene a nadie que cuide de sus hijos y quiere que la ACS busque un hogar para ellos. Aun si puede en este momento cuidar de sus hijos, la ACS podría referir su caso a una agencia que puede comenzar el proceso de aprobación del padre o madre adoptivo que usted eligió, o tratar de encontrar una familia adecuada para sus hijos, en caso de que no tenga una.

Si usted tiene miembros de la familia o amigos quienes están de acuerdo en cuidar de sus hijos, la principal razón para inscribirse en el programa es si ellos no pueden cuidar de sus hijos sin los beneficios o servicios de "foster care" que ACS proporciona. Bajo este programa, ellos serán "foster parents", no tutores de los niños. (Una persona no puede ser un tutor legal y recibir beneficios del "foster care"). Sin embargo, como tutores, ellos podrían solicitar beneficios de asistencia pública para sus hijos. (Vea la sección "Beneficios", en las páginas 17 y 18). Si usted tiene un miembro de su familia o amigo con quien le gustaría tratar para hacerse "foster parent" (padre o madre adoptivo temporal) de sus hijos, tendrá que ser entrenada(o) como "foster parent", y se le tomará las huellas digitales para ser verificadas en el "Child Abuse Central Register" (Registro Central sobre el Abuso al Menor).

Por ejemplo, una madre de Brooklyn con cinco hijos, la cual solicitó el EPP, decidió que su novio, quien era también el padre de unos de sus hijos, cuidara de los cinco niños. El novio estaba en asistencia pública, y no hubiera podido costear el quedarse con todos los niños juntos en su apartamento sin los beneficios adicionales proporcionados por el "foster care".

Hay organizaciones privadas que le ayudarán a encontrar un hogar para sus hijos. Si lo hace a través de un grupo privado, todavía tiene que hacer un acuerdo voluntario de ubicación a través del ACS. En la página 29 hay una lista de estos grupos. Si usted no conoce a nadie que pueda cuidar de sus hijos, la agencia de "foster care" puede buscar un hogar para ellos. La agencia arreglará un encuentro entre usted y sus niños con los "foster parents" que ella proponga, para que usted pueda llegar a conocerlos y decida si usted quiere que sus hijos vivan con ellos. Sus hijos podrán pasar tiempo con la posible familia adoptiva temporal ("foster family") lo que podría incluir pasar la noche con esa familia.

Si usted se inscribe en el EPP, tendrá que firmar un "acuerdo voluntario de ubicación", comprometiéndose a colocar a sus hijos en "foster care" si no puede cuidar más de ellos. El acuerdo no tiene en efecto a menos que usted muera, o esté hospitalizado, o quiera que el acuerdo se haga efectivo. Usted debería ver a un abogado antes de firmar este acuerdo. Tiene el derecho de cambiar de parecer en cualquier momento y decidir no colocar a sus hijos en "foster care".

Cómo ubicar a sus hijos en "foster care" temporalmente
Si usted está muy enfermo, es posible que necesite colocar a sus hijos inmediatamente en "foster care". También puede designar a un amigo o familiar, pero ellos deben estar certificados como "foster parents" primero. Si usted no tiene a nadie con quien dejar a sus hijos, la "Administration Children's Services" le ayudará a encontrar a una familia. Una mujer que eligió esta opción tuvo que ser internada en el hospital subitamente, viéndose forzada a dejar a sus tres niños de 16, 10 y 6 años solos en su casa. Por medio del hospital y el ACS, ella pudo colocarlos con una familia en "foster care".

Usted debe pensarlo muy bien antes de poner a sus hijos en "foster care", ya que pierde más control sobre ellos de esta manera que colocándolos con un custodio o tutor en quien confía. Usted también los puede perder para siempre si están mucho tiempo en "foster care", especialmente si no tiene contacto regular con ellos.

Para colocar a sus hijos en "foster care", debe firmar un acuerdo de "colocación voluntaria" ("voluntary placement agreement"), con el ACS. Puede ubicar a sus hijos en "foster care" hasta una cierta fecha, por ejemplo, cuando es dado(a) de alta del hospital. También puede colocar a sus hijos en "foster care" sin fijar un tiempo límite. Es importante ser claro y específico en su acuerdo voluntario de colocación, de manera que el ACS no pueda tratar de cambiar las cosas después. Debería hablar con un abogado antes de firmar un acuerdo voluntario de colocación. Si está pensando en hacer esto, debería llamar a uno de los abogados de las páginas 26 – 28.

Sacar a sus hijos del "foster care"
Si usted colocó a sus hijos en "foster care" voluntariamente, puede pedir a la ACS que le regrese a sus hijos, y la ACS debe, devolverle a sus hijos o presentar cargos de abuso o negligencia contra usted, dentro de los 20 días. (Si usted los colocó por un período determinado, entonces, ellos tienen sólo 10 días para presentar cargos). Si esto pasa, trate de obtener un abogado antes de ir al tribunal. Si ellos no le regresan a sus hijos o le llevan a la corte, entonces, puede demandar a la ACS por sus hijos.

Si después de 12 meses sus hijos todavía están en "foster care", el juzgado revisará su caso otra vez para ver qué debería suceder con ellos. Usted debería tener el mayor contacto posible con sus hijos mientras están en "foster care". Mientras ello estén en "foster care, usted tiene el derecho de visitarlos, ir con ellos a sus citas médicas, y tomar las decisiones importantes sobre su bienestar". (La agencia de "foster care" está supuesta para ayudarle a mantener la relación con sus hijos).

LA ACS puede pagarle un dinero extra por su renta (hasta $300 dólares cada mes) para sacar a sus hijos del "foster care", si la principal razón para que ellos estén allí es que usted no tiene vivienda.

Si sus niños han sido colocados en "foster care" por medio de un procedimiento deficiente (la ACS le llevó a usted a la corte) la manera de sacar a sus niños de "foster care" es diferente. Si usted está haciendo planes para una futura custodia para sus hijos, debería hablar con un abogado sobre el hecho de que sus hijos se encuentran en "foster care". Es posible que obtenga un aumento de las visitas a sus hijos, solicite que se los devuelvan a usted, o los ubiquen con la persona que usted ha elegido para su atención. Usted debe, sin duda, notificar a la agencia sobre sus planes futuros para sus hijos, para que ellos puedan comenzar el proceso de transición.

Asuntos a considerar
Una vez que usted coloca a sus hijos en "foster care", la ACS se involucra en su vida y su relación con sus hijos. La persona encargada del caso por la ACS y la agencia privada de "foster care", si hay una, deciden la frecuencia de sus visitas y cuándo usted los puede visitar (generalmente, sólo una vez cada dos semanas, en la agencia de "foster care"). Es difícil ver a sus hijos cuando y donde usted quiera. Puede ir al tribunal para tratar de conseguir más visitas.

Aún en el caso de que sus hijos estén colocados con un familiar, la ACS continúa supervisando esta persona. La ACS puede ir a la casa de su fami- liar en cualquier momento y puede objetar la forma como él o ella está cuidando de sus hijos. Dado que la ACS tiene la custodia, puede sacar a sus hijos de la casa de su familiar, o decidir que otro "foster parent" puede cuidar mejor de sus niños. El "foster care" puede no ser una opción apropiada si la persona que usted elije para cuidar a sus hijos trabaja tiempo completo, ya que el ACS pide que el "foster parent" tenga su certificación, lo cual puede llevar mucho tiempo. Si el tutor que usted elegió es solvente financieramente y lleva una vida muy ocupada, el "foster care" podría no ser la mejor opción para sus niños.

Cómo obtener ayuda para que sus hijos puedan quedarse con usted
Si usted está teniendo dificultades para cuidar de sus hijos, es posible que pueda quedarse con ellos si tiene algún tipo de ayuda. Tiene el derecho de recibir la siguiente ayuda gratis, si ello evita que sus hijos vayan a "foster care":

  • cuidado durante el día;
  • niñera, "homemaker" (una persona que atienda sus hijos en su casa);
  • empleada de servicio (una persona que atienda las tareas de la casa);
  • servicios de administración del hogar;
  • consejería;
  • ayuda para padres;
  • transporte;
  • dinero en efectivo para emergencias; y
  • albergue de emergencia.

Para obtener estos servicios usted puede llamar a una agencia que ofrezca servicios de asistencia preventiva. Usted también puede llamar a alguno de los abogados de las páginas 26 – 28 para pedir información sobre dónde buscar ayuda. Si un trabajador del ACS o del "HIV/AIDS Services Aid" (HASA) (Servicios de ayuda para el VIH/SIDA) está atendiendo su caso, él o ella debe ayudarle a obtener estos servicios.

CÓMO LAS DECISIONES QUE USTED TOME SOBRE LA TUTELA AFECTARÁN SUS BENEFICIOS

La persona con la que estén viviendo sus hijos debería ser la que reciba los beneficios para ellos. Los acuerdos que usted haga para el cuidado futuro de sus hijos no deberían afectar los beneficios que usted recibe, a menos que ellos se muden de su casa, sean colocados en "foster care", o sean adoptados por otra persona.

Si usted escribe un testamento nombrando un tutor, los beneficios que usted está recibiendo por sus hijos, tales como "welfare", (Asistencia Social) o "Social Security", (Seguro Social), no cambiarán. Los beneficios tampoco cambiarán si usted nombra un tutor sustituto o firma un acuerdo de cuidado o custodia temporales. Si usted nombra a alguien para que sea el tutor en este momento, pero usted está viviendo todavía con sus niños, entonces los beneficios del "welfare" (Asistencia Social) no deberían cambiar.

Si sus hijos viven con otra persona, entonces es probable que sean retirados de su presupuesto y puestos en el "welfare" de la persona con quien ellos están viviendo, si ellos están recibiendo "welfare". Si la persona no está en "welfare", puede obtenerlo para los niños, y será más de lo que los niños están recibiendo en su presupuesto de "welfare". Si la persona es un familiar, entonces puede solicitar el "welfare"o agregar a los niños a su presupuesto sin ser el tutor o custodio legal. Sin embargo, a una persona que no sea un familiar, se le pedirá que sea el tutor o custodio, para poder hacer eso. Es posible que usted pueda continuar recibiendo beneficios si sus hijos han dejado su hogar temporalmente. En este caso, los puede mantener en su presupuesto.

Un amigo o familiar que atiende a sus hijos no es financieramente responsable por ellos. Esto quiere decir que el tutor o custodio de sus hijos puede obtener los beneficios del "welfare" aun si trabaja. Sus ingresos no contarán para el presupuesto de sus hijos (excepto para los "Food Stamps", cupones de alimentos). Sin embargo, si la persona adopta a sus hijos, esa persona es financieramente responsable por ellos. (Si los niños estaban en "foster care", es posible que esté disponible un subsidio de adopción).

Si sus hijos están recibiendo beneficios del Seguro Social, ellos continuarán recibiéndolos, aun si alguien más es su tutor. La persona que recibe estos beneficios en su nombre debe ser la persona que cuida de ellos.

Sus hijos no podrán recibir beneficios del Seguro Social por medio de su tutor, a menos que sean adoptados. Si sus hijos son adoptados por otra persona, usted perderá el derecho de recibir cualquier beneficio para sus hijos.

¿Qué pasa si usted quiere que otra persona cobre los beneficios que usted recibe para sus hijos?
Si usted está en el hospital o no puede ir a cobrar sus beneficios porque no se siente bien, puede nombrar un representate para que cobre los beneficios para sus hijos y usted. Nosotros explicamos esto con más detalle en la página 20. Usted puede nombrar a quien quiera para cobrar los beneficios por hijos. Esta persona no tiene que ser el tutor legal de sus hijos.

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