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La Vida Después de la Incapacidad

La Transición al Trabajo

 

ÍNDICE

Introducción

Beneficious del Gobierno

Seguro Privado por Incapacidad

Administración de Deudas

 

INTRODUCCIÓN

Gracias a que los nuevos tratamientos han ayudado a recuperar la salud, y a crear la esperanza que el SIDA será una enfermedad crónica manejable, muchas personas con VIH que han estado incapacitadas, están considerando hacer la transición al campo laboral. Si usted es una de esas personas que piensan regresar al trabajo, por lo consiguiente, sabe que existe mucha incertidumbre afectando su decisión. Este folleto pretende responder algunas de las preguntas legales, financieras y prácticas que usted podría tener al considerar cómo reincorporarse y de qué manera hacerlo a la fuerza laboral.

Si bien este folleto está diseñado para ser utilizado por personas de todos los estados, por favor, esté consciente de que pueden existir diferencias entre estados o municipios, en lo que respecta a los derechos concedidos por el gobierno y los beneficios de seguros privados. Gay Men's Health Crisis (GMHC) asiste a residentes de la Ciudad de Nueva York. Si usted vive fuera de Nueva York, está recibiendo algún tipo de beneficio por incapacidad y está considerando regresar al trabajo, es conveniente contactar a la organización que lo asiste sobre VIH/SIDA para determinar cómo serán afectados los beneficios específicos que usted tiene.

Este folleto se basa en leyes válidas desde enero del 2003. Las leyes y regulaciones cambian y es importante buscar asesoramiento de la organización que lo asiste en relación al VIH/SIDA, para informarse sobre las condiciones actuales de los seguros, los derechos otorgados por el gobierno y los derechos de los trabajadores.

BENEFICIOS DEL GOBIERNO: SSI, SSDI Y MEDICARE

Son beneficios que conceden los gobiernos estatales, locales y el federal para ayudar a las personas necesitadas. Algunos derechos tales como los Cupones de Alimentos, la Asistencia Pública, el ADAP (Programa de Asistencia para Medicamentos para el VIH/SIDA) y el Medicaid son beneficios de "asistencia social" para personas por debajo de cierto ingreso monetario y nivel de bienes. La Unidad de Abogacía al Cliente de GMHC proporciona hojas informativas sobre la mayoría de los beneficios de asistencia social y otros derechos. Estos folletos pueden responder la mayoría de sus preguntas sobre los requisitos necesarios y cómo solicitar los beneficios. De igual manera, tratan de cómo el hecho de estar trabajando lo afecta para recibir estos beneficios.

Este folleto, también se centra especificamente en los efectos del reintegro al trabajo sobre los derechos otorgados por el Gobierno: SSDI (Seguro de Incapacidad del Servicio Social), SSI (Ingreso Suplementario del Seguro) y el Medicare.

Como este folleto tiene carácter nacional, es conveniente contactar a la organización que lo asiste con VIH/SIDA sobre beneficios específicos.

¿Cuál es la diferencia entre SSI Y SSDI?
Ambos beneficios son otorgados a las personas consideradas como incapacitadas por la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). EL SSI es un beneficio de asistencia social, para personas de recursos limitados que no tienen un historial laboral sustancial. El SSDI es para las personas que han trabajado y pagado sus impuestos FICA, por una determinada cantidad de trimestres sobre un cierto número de años.

Si hago la transición al trabajo, ¿perderé mis beneficios del SSI?
Debido a que el SSI es un beneficio de asistencia social, si usted se reintegra al trabajo, la SSA revisará su presupuesto del SSI. Si usted recibe SSI, tiene derecho a una ganancia neta Ñ sin deducir el impuesto Ñ de $85 por mes Ñ la excepciónÑ antes de que sus beneficios se vean afectados. Si usted recibe una combinación de SSI y SSDI, la excepción mensual será $65. En cuanto usted gane cualquier cantidad por encima de esta excepción, su cheque del SSI será reducido en un dólar por cada dos dólares de ingreso neto por encima de la excepción.

Si realizo la transición al trabajo, ¿es posible que pierda todos mis beneficios del SSI?
El SSI reconoce un "límite" a partir del cual, si sus ingresos netos exceden una cierta cantidad, usted dejará de recibir el SSI ese mes. Debido a que los ingresos de algunas personas son variables de un mes a otro, es posible que en algunos meses usted alcance el límite y en otros meses no. Si usted llega a ese límite durante 12 meses consecutivos, tendrá que presentar una nueva solicitud para el SSI antes de tener derecho a más beneficios del SSI.

¿Si me reintegro al trabajo, puedo continuar recibiendo el SSDI?
SSDI tiene un período de trabajo de prueba (TWP, por sus siglas en inglés) que permite a una persona trabajar hasta nueve meses en un lapso de 60 meses, y todavía recibir los beneficios del SSDI. Los nueve meses no tienen que ser consecutivos. Durante el TWP, usted puede ganar cualquier cantidad de dinero que le sea posible y todavía recibir la suma completa del SSDI. Cualquier mes en el que usted gane más de $570 en total, será contado como parte del período de trabajo de prueba.

¿Qué sucede cuando el período de trabajo de prueba finaliza?
Al fin del TWP, si usted sigue trabajando, el SSA continuará pagándole sus beneficios sólo por tres meses más en los que sus ganancias excedan los $800. A este proceso se le conoce como el "período de gracia". Si usted continúa trabajando más allá del período de gracia, no recibirá sus beneficios del SSDI durante los meses en que sus ganancias mensuales totales excedan los $800.

Si trabajo por más de un año, pero vuelvo a estar incapacitado, ¿tengo que volver a solicitar mi SSDI?
Después del TWP, el SSA reconoce un período de elegibilidad ampliado (EPE, por sus siglas en inglés) de 36 meses. Durante este tiempo, si gana un total de $800 mensuales, se considera que usted está realizando una actividad que le produce ganancias importantes y no recibirá el beneficio del SSDI durante ese período. Sin embargo, si usted vuelve a quedar incapacitado y deja de trabajar o si sus ganancias caen por debajo de $800 por mes durante el EPE, usted no tiene que volver a solicitar el SSDI o pasar por un período de espera antes de volver a recibir los beneficios. Obtenga una carta de su empleador indicando la fecha en que usted dejó de trabajar o cuando su ganancia neta mensual cayó por debajo de los $800, y presente la carta al SSA. Sus beneficios del SSDI deberían reiniciarse poco tiempo después.

Escuché hablar sobre una revisión continua de incapacidad, ¿qué es esto?
El SSA conduce revisiones continuas de incapacidad (CDR, por sus siglas en inglés), para determinar si las personas que reciben el SSI o SSDI están todavía incapacitadas medicamente y si tienen derecho a estos beneficios.

Para tener derecho al SSDI, usted — y su doctor — tienen que hacer ver al SSA que usted está incapacitado para trabajar por lo menos por 12 meses. Por esto, si se reintegra al trabajo en los primeros 12 meses, después de que el SSA determinó que usted está incapacitado, es muy probable que el SSA haga una CDR. Si el SSA determina que usted no está incapacitado, es posible que trate de cobrarle los sobrepagos.

Si usted regresa al trabajo después de que recibió el SSI o SSDI durante, por lo menos un año y está realizando una actividad que le produce una ganancia sustancial (sus ingresos netas mensuales exceden los $800) después del TWP, es posible que el SSA lleve a cabo una CDR. Si, como resultado de la CDR, el SSA determina que usted ya no está incapacitado, se le quitarán sus beneficios.

He recibido los beneficios del Seguro Social por mucho tiempo y ya tengo derecho al Medicare. ¿Qué pasará con mi Medicare si me reintegro al trabajo?
Durante el TWP, mientras todavía usted está recibiendo sus cheques del SSDI, tendrá aún derecho al Medicare, incluso si su empleador ofrece beneficios de seguridad social. Si después del TWP, usted continúa realizando una actividad que le produce un ingreso sustancial (sus ganancias totales son de $800 o más) y deja de recibir los cheques del SSDI, seguirá teniendo derecho al Medicare durante el EPE. No obstante, usted será responsable del pago de las primas mensuales que, por lo general, se deducen de sus cheques del SSDI.

Pagué una póliza de seguro médico individual previamente a la fecha de inicio de mi Medicare, para cubrir mis costos de prescripción médica. Si mi nuevo empleador tiene un seguro médico colectivo, ¿debo renunciar a mi póliza individual? ¿Debe uno aceptar el plan del empleador?
Si bien, le resultará más caro mantener su póliza individual, no necesita renunciar a ella cuando se le ofrezca acceso al seguro médico colectivo de su empleador. Aquí en Nueva York, usted puede retener su póliza individual cuando se le ofrezca un seguro médico colectivo. Usted podría querer llevar ambas pólizas por un período de tiempo si no sabe si podrá seguir trabajando. Usted no se podrá inscribir en una nueva póliza individual si ya tiene Medicare, y como resultado muchos escogen continuar con el plan individual al comienzo de un nuevo trabajo. Además, usted no puede comprar una póliza individual mientras es elegible para un seguro médico colectivo, ya sea a través de su cónyuge o sindicato. En otros estados puede variar, verifique con el departamento de seguros sobre las regulaciones en su propio estado.

Si mi nuevo empleador ofrece un plan de seguro médico colectivo, ¿cómo afectará mi cobertura del Medicare?
Su Medicare durará mientras usted se encuentre en el TWP o en el EPE. Si usted es menor de 65 años de edad y su empleador tiene menos de 100 trabajadores en el plan de salud colectivo, Medicare será su plan primario. Los seguros de salud ofrecidos por pequeños empresarios son secundarios con respecto al Medicare, en caso de que la persona todavía reuna los requisitos para recibir el Medicare. Esto quiere decir que el Medicare tiene que ser usado primero para cubrir los gastos médicos, y el seguro médico colectivo puede ser usado sólo para cubrir los gastos médicos que no sean cubiertos por el Medicare. Si usted es menor de 65 años de edad y su empleador cubre a más de 100 trabajadores con su seguro médico, el Medicare es secundario y el seguro médico colectivo será su principal fuente de cobertura médica.

Si se me pide que renuncie a mi seguro médico individual, por razones económicas, cuando me uní al plan médico de mi empleador, pero vuelvo a estar incapacitado pocos años después, ¿a qué tipo de seguro médico tendré derecho?
Si usted vuelve a quedar incapacitado durante el EPE, puede tener derecho a COBRA, es decir, continuar en el seguro médico de su empleador. COBRA es una ley federal que exige a los patrones que permitan a sus empleados continuar teniendo cobertura para sus gastos médicos bajo el seguro médico del empleador, al 2 por ciento más que la tasa de la cuota durante los 18 meses después de su retiro del empleo.

Sin embargo, si COBRA no es una opción y usted todavía es elegible para el Medicare, no tendrá derecho a comprar un seguro médico individual. Esto quiere decir que sus únicas opciones posibles para cobertura de los gastos en medicamentos pueden ser ADAP (el Programa de Asistencia de Medicamentos para el VIH/SIDA), una póliza de Medigap o un Medicare HMO, al menos que usted haya mantenido su póliza individual que usted compró antes de ser elegible para el Medicare. Cambios importantes en las opciones de la cobertura de Medicare con respecto a prescripciones pueden convertirse en ley, si es decretada por el Congreso.

Si vuelve a quedar incapacitado durante el EPE, usted permanecerá elegible para Medicare haya o no seguido pagando la Sección B, mientras estuvo trabajando. Puede que exista una multa que se le agrege a su cuota mensual de Medicare si usted no estuvo pagando la Sección B mientras trabajaba.

Si vuelve a quedar incapacitado para trabajar después del EPE, usted podría tener derecho a continuar con el COBRA, el seguro médico de su empleador y eventualmente ser elegible de nuevo al Medicare, si se le aprueba un nuevo SSDI.

Para más información sobre SSI, SSDI, Medicare u otros beneficios gubernamentales, como Medicaid, ADAP, Asistencia Pública y Cupones de Alimentos, por favor contacte la Unidad de Abogacía al Cliente de GMHC o la organización local que lo asesora sobre el VIH/SIDA.

La Unidad de Abogacía al Cliente de GMHC sirve a los residentes de la Ciudad de Nueva York y proporciona hojas informativos sobre la mayoría de los beneficios de asistencia social, y otros derechos otorgados por el gobierno. Estas hojas informativas pueden responder a la mayoría de sus preguntas sobre los requisitos necesarios y cómo solicitar estos beneficios; estas también se pueden encontrar en el sitio de GMHC en la Internet: www.gmhc.org.

Para pedir copias impresas de las hojas informativas de GMHC sobre beneficios y derechos específicos otorgados por el gobierno, o si usted tiene preguntas específicas sobre estos beneficios o derechos, puede contactar a la Unidad de Abogacía al Cliente, por medio de la Línea de Información Legal: 212/367-1125.

SEGURO PRIVADO POR INCAPACIDAD

Algunas personas tienen un seguro privado por incapacidad a largo plazo ("LTD", por sus siglas en inglés). Un LTD individual es una póliza de seguro adquirida directamente de una compañía aseguradora o agente de seguros, y para eso se requiere que usted pague las primas mensuales o trimestrales, a fin de retener la póliza para sus necesidades futuras. Un LTD colectivo es proporcionado comunmente por un empleador, y las primas son pagadas por el empleador o el empleado, a través de deducciones de la nómina de pagos.

Si usted está recibiendo algún tipo de beneficio de LTD, tanto por un plan colectivo como individual, es importante que lea las "condiciones del contrato", donde se explica cómo funciona su póliza. Debido a que el lenguaje utilizado en las pólizas puede ser a veces confuso, es bueno que consulte con un abogado o asesor sobre beneficios, quien lo ayudará a interpretar los términos de su póliza LTD.

Esta sección tratará de responder las preguntas más frecuentes sobre los efectos de regresar al trabajo cuando se tiene un beneficio de seguro privado por incapacidad. Es importante recordar que una póliza de seguro es un contrato; debido a que hay estipulaciones que son comunes en las pólizas por incapacidad, usted tendrá que leer las "condiciones del contrato" de su póliza, para determinar cómo el regreso al trabajo afectará la cobertura de su seguro LTD.

Y si usted vive fuera de Nueva York, debería consultar a la organización que lo asesora en cuanto a sus servicios sobre VIH/SIDA, para ver si las leyes sobre seguros de su estado ofrecen diferentes tipos de protección.

Recibo los beneficios del LTD a través de un plan ofrecido por mi antiguo empleador. ¿Seguiré recibiendo los beneficios del LTD una vez que me reintegre al trabajo?
Los LTD colectivos por lo regular proveen el 60 por ciento de sus ingresos netos, menos cualquier SSDI que usted esté recibiendo. Una vez que se evalúe que usted reune los requisitos para recibirlo, los pagos del LTD colectivo usualmente continuarán mientras usted permanezca incapacitado. Sin embargo, a diferencia del SSDI, muchos LTD colectivos no tienen período de trabajo de prueba. La regla general es que si usted se reintegra al trabajo por tiempo completo, pierde la mayoría o todos sus beneficios del LTD. Algunos planes de LTD colectivos ofrecen un beneficio parcial o residual, el cual le permitiría trabajar medio tiempo o realizar un porcentaje de su antiguo trabajo y todavía poder recibir parte de los beneficios del LTD. Al igual que con todas las pólizas de seguro, es importante que lea las "condiciones del contrato" para determinar si su plan particular tiene disposiciones para el caso del regreso al trabajo.

Desde hace dos años, he estado fuera del trabajo, pero estoy pensando en buscar trabajo de tiempo completo. Si acepto uno y me vuelvo a enfermar en pocos meses, ¿puedo volver a retirarme con un LTD?
La respuesta depende de ciertos términos de su póliza LTD. Se recomienda leer su póliza. Generalmente hay un cierto número de factores para tener en cuenta. Si usted regresa a trabajar para el mismo empleador con el que se retiró por incapacidad, y usted vuelve a quedar incapacitado en pocos meses, algunas pólizas de LTD le permitirán retomar los beneficios sin un período de espera. No obstante, si va a trabajar para un nuevo empleador, lo más probable es que le requieran dejar el plan previo a menos que su antigua póliza de LTD especifique que puede acceder a los beneficios nuevamente, dentro de un cierto período de tiempo. También se recomienda que verifique si su antiguo plan colectivo tiene una disposición que permita la conversión a un plan individual.

Si su nuevo empleador proporciona el beneficio de un plan LTD colectivo para el cual usted reune los requisitos, puede haber una condición limitante pre-existente que le impida recibir el beneficio, en caso de que usted necesite retirarse por incapacidad relacionada con el VIH, antes de que el período límite expire. Por ejemplo, si el plan LTD de su nuevo empleador tiene una condición límitante pre-existente de 12 meses, usted no podrá solicitar los beneficios de plan LTD, bajo esta póliza, por incapacidad relacionada con el VIH/SIDA, hasta que no haya cumplido 12 meses completos con este plan. En la ley de seguros de Nueva York, existen limitadas excepciones a la ejecución de una condición limitante pre-existente. Ya que la ley en cada estado puede variar, consulte con un abogado o un asesor de beneficios familiares sobre las leyes de su propio estado para saber más sobre las condiciones pre-existentes.

Recibo los beneficios de LTD por medio de una póliza individual de LTD. ¿Puedo trabajar medio tiempo o tiempo completo y todavía recibir mis beneficios de LTD con este plan individual?
Las pólizas individuales privadas de seguro de LTD funcionan diferente que los seguros LTD colectivos. Aunque muchos planes LTD individuales dejarán de pagar sus beneficios después de que usted se haya reintegrado al trabajo tiempo completo, algunos planes LTD individuales le permitirán trabajar medio tiempo y recibir parte de sus beneficios de LTD. Como siempre, lea su póliza de seguros cuidadosamente para determinar cómo funcionará para usted.

Tengo una póliza individual LTD por incapacidad desde hace mucho tiempo. Si me reintegro al trabajo y luego vuelvo a quedar incapacitado en el futuro, ¿puedo hacer otra petición de beneficios LTD bajo la póliza que tengo ahora?
Muchos planes individuales se mantienen vigentes si usted se reintegra al trabajo y vuelve a quedar incapacitado; ya que esta es una póliza individual, ésta debería ser suya mientras usted haga los pagos de las primas. Nuevamente, lea su póliza con cuidado para tener completamente claros sus derechos.

ADMINISTRACIÓN DE DEUDAS

Muchas personas que han estado retiradas por incapacidad durante largo tiempo deben una considerable cantidad de dinero a diferentes acreedores. Los acreedores, incluyendo las tarjetas de crédito, tiendas departamentales, instituciones de servicios médicos y otros proveedores no relacionados con impuestos, pueden intentar cobrar esas deudas por diferentes vías. Por ejemplo, si usted le debe dinero a una compañía de tarjeta de crédito, y usted deja de pagar su mínimo mensual, esa compañía podría enviarle cartas o llamarlo por teléfono a su casa, con la intención de cobrar la deuda. Por último, la compañía de la tarjeta de crédito puede demandarlo.

Si usted debe dinero y no puede hacer los pagos, la compañía de la tarjeta de crédito puede, facilmente, ganar una demanda contra usted para cobrar la deuda. Si esa compañía gana, el juez emite una "sentencia" a favor de la compañía de la tarjeta de crédito y contra usted. Esa compañía puede hacer cumplir la sentencia reteniendo sus activos y usádolos para cubrir la deuda.

Sin embargo, hay algunos activos que no pueden ser retenidos por decisión judicial. Por ejemplo, un acreedor con una sentencia en su contra no puede tocar el SSDI, SSI o LTD. Si estos son su única fuente de ingresos y usted no tiene otros activos, la compañía de la tarjeta de crédito lo puede considerar "deshabilitado civil", porque la sentencia no se puede hacer cumplir. En este caso, es probable que la compañía de créditos no haga más intentos de cobrar la deuda.

No obstante, su salario no está excento de embargo por una decisión judicial. Por eso, aunque usted haya sido considerado deshabilitado civil mientras estaba incapacitado, una vez que usted se reintegre al trabajo y gane un salario, no será ya considerado deshabilitado civil, y los acreedores pueden reiniciar el cobro de su deuda.

Por favor, tenga en cuenta que las leyes arriba mencionadas son aplicables a la mayoría, pero no a todos los acreedores. Por ejemplo, el IRS puede retener su SSDI, SSI o LTD para recuadar la deuda de sus impuestos.

Debo mucho dinero a varias compañías de tarjetas de crédito, pero estoy considerado como deshabilitado civil desde hace varios años. Ahora estoy pensando en hacer la transición al trabajo. ¿Qué pueden hacer mis acreedores?
Si un acreedor ya ha obtenido una sentencia en su contra, él puede retener su salario. Por medio de un proceso de embargo parcial del salario ("garnishment", en inglés) un acreedor puede tomar el 10 por ciento del salario neto de su cheque mensual, hasta que se complete el pago de la deuda.

¿Cómo embarga un acreedor mi salario?
Un acreedor con una sentencia contra usted contactará a su empleador mediante la oficina del "Sheriff" (Alguacil), e informará a su empleador que hay una sentencia en su contra. Después le ordenará que pague al acreedor hasta el 10% de su salario neto, hasta que se complete el pago de la deuda. Sólo un acreedor a la vez puede embargar parcialmente su salario, o sea que el máximo de su salario que se puede retener es el 10% cada vez. Cualquier otro acreedor debe esperar hasta que el acreedor precedente cobre el total de la deuda, antes de poder proceder al nuevo embargo parcial de su salario.

¿Puedo evitar el embargo parcial de mi salario declarándome en quiebra?
Una quiebra es una determinación judicial, que debido a su estado financiero, usted no puede pagar sus deudas. Hay varios tipos de quiebra, la más común es la quiebra personal, en la cual el juez libera todas sus deudas, de manera tal que usted recupere la estabilidad financiera.

Cuando usted presenta una petición por bancarrota, un juez especializado revisará sus activos al momento de la petición, y no mirará más allá de eso. Por lo tanto, su salario futuro no será considerado como un activo por el juez de quiebras. Si no tiene más activos que su salario actual, sus deudas pueden ser liquidadas, y su salario futuro no será embargado parcialmente. Además, bajo ciertas circunstancias, las deudas de sus impuestos pueden ser liquidadas. Tenga en cuenta que declararse en quiebra es muy complicado y un asunto serio con repercusiones financieras a largo plazo. Antes de presentar una petición de quiebra, usted debe consultar con su abogado.

¿Hay alguna otra manera de evitar el embargo parcial del salario?
Debido a que hay costos asociados con el embargo parcial, los acreedores tratarán de cobrar las deudas directamente de los deudores. Por eso, un acreedor puede ver con buenos ojos una oferta de pago, en un solo pago o en pagos mensuales. Después de que usted haya decidido reintegrarse al trabajo, puede acercarse a sus acreedores y ofrecerles un plan para pagar su deuda. A veces, en el caso de deudas viejas, los acreedores quedarán satisfechos con una cantidad menor que la deuda total. Al formular su oferta, debe considerar cuidadosamente sus limitaciones financieras. Discutiendo el pago de la deuda directamente con los acreedores, usted evita involucrar a su empleador y puede incluso ahorrarse algún dinero en el proceso.

Debo mucho dinero en impuestos atrasados. Cuando estaba incapacitado y vivía con un ingreso restringido, mi deuda de impuestos fue colocada en condición de "incobrable", aunque los intereses y las multas continuaron acumulándose. ¿Tendré que reembolsar todo ese dinero al gobierno si me reintegro al trabajo?
Sí, la ciudad, estado y autoridades federales son acreedores que pueden embargar parcialmente su salario. Sin embargo, los acreedores gubernamentales son generalmente los primeros en la fila y pueden retener sus ingresos antes que las compañías de tarjetas de crédito u otros acreedores no gubernamentales. Además, el "Internal Revenue Service", IRS (Oficina General de Impuestos) puede embargar parcialmente una cantidad de sus ingresos mucho mayor que otros acreedores.

Si usted tiene deudas de impuestos, debe por eso tratar de evitar los embargos parciales; y hay dos maneras de hacerlo: Usted puede intentar hacer un acuerdo de pago mensual con el IRS; o puede ofrecer al IRS un pago global para liquidar toda la deuda de una vez. Esto se llama una "oferta de acuerdo de pago". Dependiendo de sus circustancias específicas, el IRS puede aceptar una oferta por una cantidad mucho menor a la que usted debe actualmente. Debería consultar a quien lo asesora sobre sus impuestos antes de decidir cómo hacer frente a las deudas de los mismos.

Una vez que me he reintegrado al trabajo, ¿están mis contribuciones a un plan de retiro sujetas a embargo por una sentencia de pago?
Depende. Las pensiones y los planes de retiro están excentos de embargo por una sentencia de pago y pueden no ser retenidas por un acreedor que tiene una sentencia en su contra.

Sin embargo, las pensiones o los planes de retiro están legalmente sujetos a embargo por el IRS, por deudas de impuestos. Por razones de política pública, el IRS raramente toma fondos de pensiones. La ley de impuestos es muy complicada, y si usted tiene deudas de impuestos que no puede pagar, debe consultar con un especialista en impuestos.

El Departamento de Servicios Legales y la Unidad de Abogacía al Cliente realiza seminarios de administración de deudas cada mes, donde usted puede hablar directamente con un abogado o un paralegal acerca de sus asuntos crediticios. Para más información sobre seguros privados, administración de deudas, o las implicaciones legales sobre el reintegro al trabajo, llame al Departamento de Servicios Legales de GMHC, al 212/367-1040, o a la organización local que lo asiste sobre el VIH/SIDA.

 

© 2003 Gay Men's Health Crisis




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