| La Vida Después de la Incapacidad
La Transición al Trabajo
ÍNDICE
Introducción
Beneficious del Gobierno
Seguro Privado por Incapacidad
Administración de Deudas
INTRODUCCIÓN
Gracias a que los nuevos tratamientos han ayudado a recuperar la salud, y a crear la
esperanza que el SIDA será una enfermedad crónica manejable, muchas personas
con VIH que han estado incapacitadas, están considerando hacer la transición
al campo laboral. Si usted es una de esas personas que piensan regresar al trabajo, por lo
consiguiente, sabe que existe mucha incertidumbre afectando su decisión. Este folleto
pretende responder algunas de las preguntas legales, financieras y prácticas que
usted podría tener al considerar cómo reincorporarse y de qué manera
hacerlo a la fuerza laboral.
Si bien este folleto está diseñado para ser utilizado por personas de todos
los estados, por favor, esté consciente de que pueden existir diferencias entre estados
o municipios, en lo que respecta a los derechos concedidos por el gobierno y los beneficios de
seguros privados. Gay Men's Health Crisis (GMHC) asiste a residentes de la Ciudad de Nueva York.
Si usted vive fuera de Nueva York, está recibiendo algún tipo de beneficio por
incapacidad y está considerando regresar al trabajo, es conveniente contactar a la
organización que lo asiste sobre VIH/SIDA para determinar cómo serán
afectados los beneficios específicos que usted tiene.
Este folleto se basa en leyes válidas desde enero del 2003. Las leyes y regulaciones
cambian y es importante buscar asesoramiento de la organización que lo asiste en
relación al VIH/SIDA, para informarse sobre las condiciones actuales de los seguros,
los derechos otorgados por el gobierno y los derechos de los trabajadores.
BENEFICIOS DEL GOBIERNO: SSI, SSDI Y MEDICARE
Son beneficios que conceden los gobiernos estatales, locales y el federal para ayudar a
las personas necesitadas. Algunos derechos tales como los Cupones de Alimentos, la Asistencia
Pública, el ADAP (Programa de Asistencia para Medicamentos para el VIH/SIDA) y el
Medicaid son beneficios de "asistencia social" para personas por debajo de cierto ingreso
monetario y nivel de bienes. La Unidad de Abogacía al Cliente de GMHC proporciona
hojas informativas sobre la mayoría de los beneficios de asistencia social y otros
derechos. Estos folletos pueden responder la mayoría de sus preguntas sobre los
requisitos necesarios y cómo solicitar los beneficios. De igual manera, tratan de
cómo el hecho de estar trabajando lo afecta para recibir estos beneficios.
Este folleto, también se centra especificamente en los efectos del reintegro
al trabajo sobre los derechos otorgados por el Gobierno: SSDI (Seguro de Incapacidad del
Servicio Social), SSI (Ingreso Suplementario del Seguro) y el Medicare.
Como este folleto tiene carácter nacional, es conveniente contactar a la
organización que lo asiste con VIH/SIDA sobre beneficios específicos.
¿Cuál es la diferencia entre SSI Y SSDI?
Ambos beneficios son otorgados a las personas consideradas como incapacitadas por la
Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). EL SSI
es un beneficio de asistencia social, para personas de recursos limitados que no tienen
un historial laboral sustancial. El SSDI es para las personas que han trabajado y pagado
sus impuestos FICA, por una determinada cantidad de trimestres sobre un cierto
número de años.
Si hago la transición al trabajo, ¿perderé mis beneficios
del SSI?
Debido a que el SSI es un beneficio de asistencia social, si usted se reintegra al trabajo,
la SSA revisará su presupuesto del SSI. Si usted recibe SSI, tiene derecho a una
ganancia neta Ñ sin deducir el impuesto Ñ de $85 por mes Ñ la excepciónÑ antes de
que sus beneficios se vean afectados. Si usted recibe una combinación de SSI y
SSDI, la excepción mensual será $65. En cuanto usted gane cualquier
cantidad por encima de esta excepción, su cheque del SSI será reducido
en un dólar por cada dos dólares de ingreso neto por encima de la
excepción.
Si realizo la transición al trabajo, ¿es posible que pierda
todos mis beneficios del SSI?
El SSI reconoce un "límite" a partir del cual, si sus ingresos netos exceden
una cierta cantidad, usted dejará de recibir el SSI ese mes. Debido a que los
ingresos de algunas personas son variables de un mes a otro, es posible que en algunos
meses usted alcance el límite y en otros meses no. Si usted llega a ese
límite durante 12 meses consecutivos, tendrá que presentar una nueva
solicitud para el SSI antes de tener derecho a más beneficios del SSI.
¿Si me reintegro al trabajo, puedo continuar recibiendo el SSDI?
SSDI tiene un período de trabajo de prueba (TWP, por sus siglas en inglés)
que permite a una persona trabajar hasta nueve meses en un lapso de 60 meses, y todavía
recibir los beneficios del SSDI. Los nueve meses no tienen que ser consecutivos. Durante el
TWP, usted puede ganar cualquier cantidad de dinero que le sea posible y todavía
recibir la suma completa del SSDI. Cualquier mes en el que usted gane más de $570
en total, será contado como parte del período de trabajo de prueba.
¿Qué sucede cuando el período de trabajo de prueba
finaliza?
Al fin del TWP, si usted sigue trabajando, el SSA continuará pagándole sus
beneficios sólo por tres meses más en los que sus ganancias excedan los
$800. A este proceso se le conoce como el "período de gracia". Si usted
continúa trabajando más allá del período de gracia, no
recibirá sus beneficios del SSDI durante los meses en que sus ganancias mensuales
totales excedan los $800.
Si trabajo por más de un año, pero vuelvo a estar incapacitado,
¿tengo que volver a solicitar mi SSDI?
Después del TWP, el SSA reconoce un período de elegibilidad ampliado (EPE,
por sus siglas en inglés) de 36 meses. Durante este tiempo, si gana un total de $800
mensuales, se considera que usted está realizando una actividad que le produce
ganancias importantes y no recibirá el beneficio del SSDI durante ese período.
Sin embargo, si usted vuelve a quedar incapacitado y deja de trabajar o si sus ganancias caen
por debajo de $800 por mes durante el EPE, usted no tiene que volver a solicitar el SSDI o
pasar por un período de espera antes de volver a recibir los beneficios. Obtenga una
carta de su empleador indicando la fecha en que usted dejó de trabajar o cuando su
ganancia neta mensual cayó por debajo de los $800, y presente la carta al SSA. Sus
beneficios del SSDI deberían reiniciarse poco tiempo después.
Escuché hablar sobre una revisión continua de incapacidad,
¿qué es esto?
El SSA conduce revisiones continuas de incapacidad (CDR, por sus siglas en inglés),
para determinar si las personas que reciben el SSI o SSDI están todavía
incapacitadas medicamente y si tienen derecho a estos beneficios.
Para tener derecho al SSDI, usted y su doctor tienen que hacer ver al SSA
que usted está incapacitado para trabajar por lo menos por 12 meses. Por esto, si se
reintegra al trabajo en los primeros 12 meses, después de que el SSA determinó
que usted está incapacitado, es muy probable que el SSA haga una CDR. Si el SSA
determina que usted no está incapacitado, es posible que trate de cobrarle los
sobrepagos.
Si usted regresa al trabajo después de que recibió el SSI
o SSDI durante, por lo menos un año y está realizando una actividad que le
produce una ganancia sustancial (sus ingresos netas mensuales exceden los $800) después
del TWP, es posible que el SSA lleve a cabo una CDR. Si, como resultado de la CDR, el SSA
determina que usted ya no está incapacitado, se le quitarán sus beneficios.
He recibido los beneficios del Seguro Social por mucho tiempo y ya tengo derecho
al Medicare. ¿Qué pasará con mi Medicare si me reintegro al trabajo?
Durante el TWP, mientras todavía usted está recibiendo sus cheques del SSDI,
tendrá aún derecho al Medicare, incluso si su empleador ofrece beneficios de
seguridad social. Si después del TWP, usted continúa realizando una actividad
que le produce un ingreso sustancial (sus ganancias totales son de $800 o más) y deja
de recibir los cheques del SSDI, seguirá teniendo derecho al Medicare durante el EPE.
No obstante, usted será responsable del pago de las primas mensuales que, por lo
general, se deducen de sus cheques del SSDI.
Pagué una póliza de seguro médico individual previamente
a la fecha de inicio de mi Medicare, para cubrir mis costos de prescripción
médica. Si mi nuevo empleador tiene un seguro médico colectivo, ¿debo
renunciar a mi póliza individual? ¿Debe uno aceptar el plan del empleador?
Si bien, le resultará más caro mantener su póliza individual, no
necesita renunciar a ella cuando se le ofrezca acceso al seguro médico colectivo de su
empleador. Aquí en Nueva York, usted puede retener su póliza individual cuando
se le ofrezca un seguro médico colectivo. Usted podría querer llevar ambas
pólizas por un período de tiempo si no sabe si podrá seguir trabajando.
Usted no se podrá inscribir en una nueva póliza individual si ya tiene Medicare,
y como resultado muchos escogen continuar con el plan individual al comienzo de un nuevo trabajo.
Además, usted no puede comprar una póliza individual mientras es elegible para
un seguro médico colectivo, ya sea a través de su cónyuge o sindicato.
En otros estados puede variar, verifique con el departamento de seguros sobre las regulaciones
en su propio estado.
Si mi nuevo empleador ofrece un plan de seguro médico colectivo, ¿cómo
afectará mi cobertura del Medicare?
Su Medicare durará mientras usted se encuentre en el TWP o en el EPE. Si usted es menor
de 65 años de edad y su empleador tiene menos de 100 trabajadores en el plan de salud
colectivo, Medicare será su plan primario. Los seguros de salud ofrecidos por pequeños
empresarios son secundarios con respecto al Medicare, en caso de que la persona todavía
reuna los requisitos para recibir el Medicare. Esto quiere decir que el Medicare tiene que ser
usado primero para cubrir los gastos médicos, y el seguro médico colectivo puede
ser usado sólo para cubrir los gastos médicos que no sean cubiertos por el
Medicare. Si usted es menor de 65 años de edad y su empleador cubre a más de 100
trabajadores con su seguro médico, el Medicare es secundario y el seguro médico
colectivo será su principal fuente de cobertura médica.
Si se me pide que renuncie a mi seguro médico individual, por razones
económicas, cuando me uní al plan médico de mi empleador, pero vuelvo
a estar incapacitado pocos años después, ¿a qué tipo de seguro
médico tendré derecho?
Si usted vuelve a quedar incapacitado durante el EPE, puede tener derecho a COBRA, es decir,
continuar en el seguro médico de su empleador. COBRA es una ley federal que exige a los
patrones que permitan a sus empleados continuar teniendo cobertura para sus gastos médicos
bajo el seguro médico del empleador, al 2 por ciento más que la tasa de la cuota
durante los 18 meses después de su retiro del empleo.
Sin embargo, si COBRA no es una opción y usted todavía es elegible para el
Medicare, no tendrá derecho a comprar un seguro médico individual. Esto quiere
decir que sus únicas opciones posibles para cobertura de los gastos en medicamentos
pueden ser ADAP (el Programa de Asistencia de Medicamentos para el VIH/SIDA), una póliza
de Medigap o un Medicare HMO, al menos que usted haya mantenido su póliza individual
que usted compró antes de ser elegible para el Medicare. Cambios importantes en las
opciones de la cobertura de Medicare con respecto a prescripciones pueden convertirse en ley,
si es decretada por el Congreso.
Si vuelve a quedar incapacitado durante el EPE, usted permanecerá elegible para
Medicare haya o no seguido pagando la Sección B, mientras estuvo trabajando. Puede
que exista una multa que se le agrege a su cuota mensual de Medicare si usted no estuvo
pagando la Sección B mientras trabajaba.
Si vuelve a quedar incapacitado para trabajar después del EPE, usted podría
tener derecho a continuar con el COBRA, el seguro médico de su empleador y eventualmente
ser elegible de nuevo al Medicare, si se le aprueba un nuevo SSDI.
Para más información sobre SSI, SSDI, Medicare u otros beneficios
gubernamentales, como Medicaid, ADAP, Asistencia Pública y Cupones de Alimentos,
por favor contacte la Unidad de Abogacía al Cliente de GMHC o la organización
local que lo asesora sobre el VIH/SIDA.
La Unidad de Abogacía al Cliente de GMHC sirve a los residentes de la Ciudad de
Nueva York y proporciona hojas informativos sobre la mayoría de los beneficios de
asistencia social, y otros derechos otorgados por el gobierno. Estas hojas informativas
pueden responder a la mayoría de sus preguntas sobre los requisitos necesarios y
cómo solicitar estos beneficios; estas también se pueden encontrar en el
sitio de GMHC en la Internet: www.gmhc.org.
Para pedir copias impresas de las hojas informativas de GMHC sobre beneficios y derechos
específicos otorgados por el gobierno, o si usted tiene preguntas específicas
sobre estos beneficios o derechos, puede contactar a la Unidad de Abogacía al
Cliente, por medio de la Línea de Información Legal: 212/367-1125.
SEGURO PRIVADO POR INCAPACIDAD
Algunas personas tienen un seguro privado por incapacidad a largo plazo ("LTD", por sus
siglas en inglés). Un LTD individual es una póliza
de seguro adquirida directamente de una compañía aseguradora o agente de
seguros, y para eso se requiere que usted pague las primas mensuales o trimestrales, a fin
de retener la póliza para sus necesidades futuras. Un LTD colectivo
es proporcionado comunmente por un empleador, y las primas son pagadas por el empleador o el
empleado, a través de deducciones de la nómina de pagos.
Si usted está recibiendo algún tipo de beneficio de LTD, tanto por un plan
colectivo como individual, es importante que lea las "condiciones del contrato", donde se explica
cómo funciona su póliza. Debido a que el lenguaje utilizado en las pólizas
puede ser a veces confuso, es bueno que consulte con un abogado o asesor sobre beneficios, quien
lo ayudará a interpretar los términos de su póliza LTD.
Esta sección tratará de responder las preguntas más frecuentes sobre
los efectos de regresar al trabajo cuando se tiene un beneficio de seguro privado por incapacidad.
Es importante recordar que una póliza de seguro es un contrato; debido a que hay
estipulaciones que son comunes en las pólizas por incapacidad, usted tendrá que leer
las "condiciones del contrato" de su póliza, para determinar cómo el regreso al
trabajo afectará la cobertura de su seguro LTD.
Y si usted vive fuera de Nueva York, debería consultar a la organización que lo
asesora en cuanto a sus servicios sobre VIH/SIDA, para ver si las leyes sobre seguros de su estado
ofrecen diferentes tipos de protección.
Recibo los beneficios del LTD a través de un plan ofrecido por mi antiguo
empleador. ¿Seguiré recibiendo los beneficios del LTD una vez que me reintegre al
trabajo?
Los LTD colectivos por lo regular proveen el 60 por ciento de sus ingresos netos, menos cualquier
SSDI que usted esté recibiendo. Una vez que se evalúe que usted reune los requisitos
para recibirlo, los pagos del LTD colectivo usualmente continuarán mientras usted permanezca
incapacitado. Sin embargo, a diferencia del SSDI, muchos LTD colectivos no tienen período
de trabajo de prueba. La regla general es que si usted se reintegra al trabajo por tiempo completo,
pierde la mayoría o todos sus beneficios del LTD. Algunos planes de LTD colectivos ofrecen
un beneficio parcial o residual, el cual le permitiría trabajar medio tiempo o realizar un
porcentaje de su antiguo trabajo y todavía poder recibir parte de los beneficios del LTD.
Al igual que con todas las pólizas de seguro, es importante que lea las "condiciones del
contrato" para determinar si su plan particular tiene disposiciones para el caso del regreso al
trabajo.
Desde hace dos años, he estado fuera del trabajo, pero estoy pensando en buscar
trabajo de tiempo completo. Si acepto uno y me vuelvo a enfermar en pocos meses, ¿puedo volver
a retirarme con un LTD?
La respuesta depende de ciertos términos de su póliza LTD. Se recomienda leer
su póliza. Generalmente hay un cierto número de factores para tener en cuenta. Si
usted regresa a trabajar para el mismo empleador con el que se retiró por incapacidad, y
usted vuelve a quedar incapacitado en pocos meses, algunas pólizas de LTD le permitirán
retomar los beneficios sin un período de espera. No obstante, si va a trabajar para un nuevo
empleador, lo más probable es que le requieran dejar el plan previo a menos que su antigua
póliza de LTD especifique que puede acceder a los beneficios nuevamente, dentro de un cierto
período de tiempo. También se recomienda que verifique si su antiguo plan colectivo
tiene una disposición que permita la conversión a un plan individual.
Si su nuevo empleador proporciona el beneficio de un plan LTD colectivo para el cual usted reune
los requisitos, puede haber una condición limitante pre-existente que le impida recibir el
beneficio, en caso de que usted necesite retirarse por incapacidad relacionada con el VIH, antes de
que el período límite expire. Por ejemplo, si el plan LTD de su nuevo empleador
tiene una condición límitante pre-existente de 12 meses, usted no podrá
solicitar los beneficios de plan LTD, bajo esta póliza, por incapacidad relacionada con el
VIH/SIDA, hasta que no haya cumplido 12 meses completos con este plan. En la ley de seguros de Nueva
York, existen limitadas excepciones a la ejecución de una condición limitante
pre-existente. Ya que la ley en cada estado puede variar, consulte con un abogado o un asesor de
beneficios familiares sobre las leyes de su propio estado para saber más sobre las condiciones
pre-existentes.
Recibo los beneficios de LTD por medio de una póliza individual de LTD. ¿Puedo
trabajar medio tiempo o tiempo completo y todavía recibir mis beneficios de LTD con este plan
individual?
Las pólizas individuales privadas de seguro de LTD funcionan diferente que los seguros LTD
colectivos. Aunque muchos planes LTD individuales dejarán de pagar sus beneficios después
de que usted se haya reintegrado al trabajo tiempo completo, algunos planes LTD individuales le
permitirán trabajar medio tiempo y recibir parte de sus beneficios de LTD. Como siempre, lea
su póliza de seguros cuidadosamente para determinar cómo funcionará para
usted.
Tengo una póliza individual LTD por incapacidad desde hace mucho tiempo. Si me
reintegro al trabajo y luego vuelvo a quedar incapacitado en el futuro, ¿puedo hacer otra
petición de beneficios LTD bajo la póliza que tengo ahora?
Muchos planes individuales se mantienen vigentes si usted se reintegra al trabajo y vuelve a quedar
incapacitado; ya que esta es una póliza individual, ésta debería ser suya
mientras usted haga los pagos de las primas. Nuevamente, lea su póliza con cuidado para tener
completamente claros sus derechos.
ADMINISTRACIÓN DE DEUDAS
Muchas personas que han estado retiradas por incapacidad durante largo tiempo deben una considerable
cantidad de dinero a diferentes acreedores. Los acreedores, incluyendo las tarjetas de crédito,
tiendas departamentales, instituciones de servicios médicos y otros proveedores no relacionados
con impuestos, pueden intentar cobrar esas deudas por diferentes vías. Por ejemplo, si usted le
debe dinero a una compañía de tarjeta de crédito, y usted deja de pagar su
mínimo mensual, esa compañía podría enviarle cartas o llamarlo por
teléfono a su casa, con la intención de cobrar la deuda. Por último, la
compañía de la tarjeta de crédito puede demandarlo.
Si usted debe dinero y no puede hacer los pagos, la compañía de la tarjeta de
crédito puede, facilmente, ganar una demanda contra usted para cobrar la deuda. Si esa
compañía gana, el juez emite una "sentencia" a favor de la compañía
de la tarjeta de crédito y contra usted. Esa compañía puede hacer cumplir
la sentencia reteniendo sus activos y usádolos para cubrir la deuda.
Sin embargo, hay algunos activos que no pueden ser retenidos por decisión judicial. Por
ejemplo, un acreedor con una sentencia en su contra no puede tocar el SSDI, SSI o LTD. Si estos son
su única fuente de ingresos y usted no tiene otros activos, la compañía de
la tarjeta de crédito lo puede considerar "deshabilitado civil", porque la sentencia no se
puede hacer cumplir. En este caso, es probable que la compañía de créditos
no haga más intentos de cobrar la deuda.
No obstante, su salario no está excento de embargo por una decisión judicial. Por
eso, aunque usted haya sido considerado deshabilitado civil mientras estaba incapacitado, una vez que
usted se reintegre al trabajo y gane un salario, no será ya considerado deshabilitado civil,
y los acreedores pueden reiniciar el cobro de su deuda.
Por favor, tenga en cuenta que las leyes arriba mencionadas son aplicables a la mayoría,
pero no a todos los acreedores. Por ejemplo, el IRS puede retener su SSDI, SSI o LTD para recuadar la
deuda de sus impuestos.
Debo mucho dinero a varias compañías de tarjetas de crédito,
pero estoy considerado como deshabilitado civil desde hace varios años. Ahora estoy pensando
en hacer la transición al trabajo. ¿Qué pueden hacer mis acreedores?
Si un acreedor ya ha obtenido una sentencia en su contra, él puede retener su salario. Por
medio de un proceso de embargo parcial del salario ("garnishment", en inglés) un acreedor
puede tomar el 10 por ciento del salario neto de su cheque mensual, hasta que se complete el pago
de la deuda.
¿Cómo embarga un acreedor mi salario?
Un acreedor con una sentencia contra usted contactará a su empleador mediante la oficina
del "Sheriff" (Alguacil), e informará a su empleador que hay una sentencia en su contra.
Después le ordenará que pague al acreedor hasta el 10% de su salario neto, hasta
que se complete el pago de la deuda. Sólo un acreedor a la vez puede embargar parcialmente
su salario, o sea que el máximo de su salario que se puede retener es el 10% cada vez.
Cualquier otro acreedor debe esperar hasta que el acreedor precedente cobre el total de la deuda,
antes de poder proceder al nuevo embargo parcial de su salario.
¿Puedo evitar el embargo parcial de mi salario declarándome en quiebra?
Una quiebra es una determinación judicial, que debido a su estado financiero, usted no
puede pagar sus deudas. Hay varios tipos de quiebra, la más común es la quiebra
personal, en la cual el juez libera todas sus deudas, de manera tal que usted recupere la estabilidad
financiera.
Cuando usted presenta una petición por bancarrota, un juez especializado revisará
sus activos al momento de la petición, y no mirará más allá de eso.
Por lo tanto, su salario futuro no será considerado como un activo por el juez de quiebras.
Si no tiene más activos que su salario actual, sus deudas pueden ser liquidadas, y su salario
futuro no será embargado parcialmente. Además, bajo ciertas circunstancias, las deudas
de sus impuestos pueden ser liquidadas. Tenga en cuenta que declararse en quiebra es muy complicado y
un asunto serio con repercusiones financieras a largo plazo. Antes de presentar una petición de
quiebra, usted debe consultar con su abogado.
¿Hay alguna otra manera de evitar el embargo parcial del salario?
Debido a que hay costos asociados con el embargo parcial, los acreedores tratarán de cobrar
las deudas directamente de los deudores. Por eso, un acreedor puede ver con buenos ojos una oferta de
pago, en un solo pago o en pagos mensuales. Después de que usted haya decidido reintegrarse al
trabajo, puede acercarse a sus acreedores y ofrecerles un plan para pagar su deuda. A veces, en el caso
de deudas viejas, los acreedores quedarán satisfechos con una cantidad menor que la deuda total.
Al formular su oferta, debe considerar cuidadosamente sus limitaciones financieras. Discutiendo el pago
de la deuda directamente con los acreedores, usted evita involucrar a su empleador y puede incluso
ahorrarse algún dinero en el proceso.
Debo mucho dinero en impuestos atrasados. Cuando estaba incapacitado y vivía con un
ingreso restringido, mi deuda de impuestos fue colocada en condición de "incobrable", aunque
los intereses y las multas continuaron acumulándose. ¿Tendré que reembolsar todo
ese dinero al gobierno si me reintegro al trabajo?
Sí, la ciudad, estado y autoridades federales son acreedores que pueden embargar parcialmente
su salario. Sin embargo, los acreedores gubernamentales son generalmente los primeros en la fila y
pueden retener sus ingresos antes que las compañías de tarjetas de crédito u
otros acreedores no gubernamentales. Además, el "Internal Revenue Service", IRS (Oficina General
de Impuestos) puede embargar parcialmente una cantidad de sus ingresos mucho mayor que otros acreedores.
Si usted tiene deudas de impuestos, debe por eso tratar de evitar los embargos parciales; y hay dos
maneras de hacerlo: Usted puede intentar hacer un acuerdo de pago mensual con el IRS; o puede ofrecer al
IRS un pago global para liquidar toda la deuda de una vez. Esto se llama una "oferta de acuerdo de pago".
Dependiendo de sus circustancias específicas, el IRS puede aceptar una oferta por una cantidad
mucho menor a la que usted debe actualmente. Debería consultar a quien lo asesora sobre sus
impuestos antes de decidir cómo hacer frente a las deudas de los mismos.
Una vez que me he reintegrado al trabajo, ¿están mis contribuciones a un plan
de retiro sujetas a embargo por una sentencia de pago?
Depende. Las pensiones y los planes de retiro están excentos de embargo por una sentencia de pago
y pueden no ser retenidas por un acreedor que tiene una sentencia en su contra.
Sin embargo, las pensiones o los planes de retiro están legalmente sujetos a embargo por el
IRS, por deudas de impuestos. Por razones de política pública, el IRS raramente toma
fondos de pensiones. La ley de impuestos es muy complicada, y si usted tiene deudas de impuestos que no
puede pagar, debe consultar con un especialista en impuestos.
El Departamento de Servicios Legales y la Unidad de Abogacía al Cliente realiza seminarios
de administración de deudas cada mes, donde usted puede hablar directamente con un abogado o
un paralegal acerca de sus asuntos crediticios.
Para más información sobre seguros privados, administración de deudas, o las
implicaciones legales sobre el reintegro al trabajo, llame al Departamento de Servicios Legales de GMHC,
al 212/367-1040, o a la organización local que lo asiste sobre el VIH/SIDA.
© 2003 Gay Men's Health Crisis
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